Novias de alquiler: La historia de las Gemelas de Sucre

Novias de alquiler
La historia de las Gemelas de Sucre


Introducción

En febrero de 2025, dos hermanas gemelas de 17 años de Sucre, Yesica y Noelia Paniagua Carballo, se convirtieron en protagonistas de uno de los casos más llamativos surgidos desde las redes sociales bolivianas. Sus cuentas de TikTok, que reunían entre ambas cientos de miles de seguidores, habían popularizado una expresión que terminaría convirtiéndose en el nombre del escándalo: “novias en alquiler”.

Pero la historia que llegó a los titulares no había comenzado en TikTok. Había comenzado dentro de una familia, con una denuncia presentada por su abuela y una intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre. Fue durante aquella intervención cuando aparecieron antecedentes sobre las actividades que las adolescentes desarrollaban en internet y que llevaron a la Fiscalía Departamental de Chuquisaca a investigar un posible caso de proxenetismo y pornografía.

Las autoridades sostuvieron que existían indicios de encuentros con adultos a cambio de dinero, venta de fotografías y videos de contenido sexual y la posible participación de un hombre de aproximadamente 30 años que habría tenido contacto con las adolescentes desde 2023. Las gemelas, sin embargo, rechazaron públicamente una parte fundamental de aquella interpretación: aseguraron que “nunca fueron obligadas” y cuestionaron las decisiones tomadas por su familia y por las instituciones que habían intervenido en sus vidas.

El conflicto llegó al extremo cuando, el 18 de febrero de 2025, ambas abandonaron el hogar temporal Charkipata mientras permanecían bajo medidas de protección. La Defensoría tuvo que pedir ayuda para encontrarlas. Ellas, entretanto, continuaron apareciendo en TikTok.

Más de un año después, las protagonistas de aquella historia ya eran adultas. Noelia se había convertido en Ariana Pan, creadora de contenido ASMR, mientras Yesica había comenzado estudios de Derecho. Las dos continuaron desarrollando actividades económicas en internet, pero también terminaron viviendo separadas y protagonizando nuevos conflictos públicos.

El 7 de agosto de 2026, las gemelas volvieron a enfrentarse mediante transmisiones simultáneas en TikTok, intercambiando acusaciones que, hasta donde permiten establecer los antecedentes disponibles, no cuentan con pruebas independientes que permitan presentarlas como hechos comprobados.

Entre aquel escándalo y este nuevo enfrentamiento existe una historia mucho más compleja: una familia fracturada, dos adolescentes intentando construir independencia, una intervención institucional, una investigación penal cuyo desenlace público permanece incompleto y una vida digital que nunca dejó de acompañarlas.

Esta es la historia de Yesica y Noelia antes, durante y después de “Novias de Alquiler”.


Capítulo 1. El descubrimiento

El 11 de febrero de 2025, una noticia procedente de Sucre comenzó a ser difundida por medios de comunicación bolivianos: dos hermanas gemelas de 17 años habían adquirido notoriedad en TikTok utilizando el concepto de “novias en alquiler”. De acuerdo con la información entregada ese día por la Fiscalía Departamental de Chuquisaca, existían antecedentes que apuntaban a que las adolescentes mantenían encuentros con personas adultas a cambio de dinero y que también comercializaban fotografías y videos de contenido sexual. La investigación fiscal se encontraba en una etapa inicial y buscaba establecer las circunstancias en que se desarrollaban esas actividades y la eventual participación de personas adultas.

Las adolescentes fueron identificadas posteriormente por distintos medios como Yesica y Noelia Paniagua Carballo. En febrero de 2025 ambas contaban con una audiencia considerable en TikTok. Una de sus cuentas superaba los 86.000 seguidores, mientras la otra rondaba los 106.000. La mayor parte de sus publicaciones correspondía a videos de baile y contenido habitual de la plataforma, aunque también habían difundido publicaciones con referencias sexuales y mensajes relacionados con la posibilidad de contratar su compañía. Esos contenidos comenzaron a adquirir relevancia después de que las autoridades informaran sobre los antecedentes encontrados durante la intervención institucional.

Sin embargo, la denuncia que llevó a las autoridades hasta las adolescentes no había comenzado en TikTok. El origen inmediato del caso se encontraba en un conflicto dentro del domicilio familiar. La abuela con la que vivían había acudido a las autoridades por un supuesto robo relacionado con el RUAT de su vehículo y posteriormente había iniciado también un proceso por violencia familiar. Patricia Cruz, entonces jefa municipal de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre, explicó que la acusación por el supuesto robo no pudo ser comprobada, mientras que el proceso por violencia familiar continuó su trámite.

Según Cruz, la mujer había manifestado haber sufrido maltrato psicológico y haber sentido temor por su integridad debido a una discapacidad que padecía. A partir de esos antecedentes, una fiscal dispuso medidas de protección para las adolescentes y ambas quedaron bajo responsabilidad de la Defensoría. El 30 de enero de 2025, según la cronología documentada del caso, fueron retiradas de su entorno familiar y trasladadas al hogar temporal Charkipata.

Fue durante esa intervención cuando aparecieron los antecedentes que posteriormente llevaron al Ministerio Público a abrir una investigación penal. Las adolescentes fueron entrevistadas y sometidas a evaluaciones destinadas a establecer su situación familiar, personal y económica. Según explicó posteriormente el fiscal Javier Gorena, el informe social y psicológico elaborado por la Defensoría contenía información sobre actividades mediante las cuales las adolescentes obtenían ingresos, incluyendo antecedentes relacionados con citas con personas adultas y relaciones sexuales a cambio de dinero. También se habían detectado referencias a la venta de fotografías y videos a través de redes sociales.

El 11 de febrero, Gorena informó que el Ministerio Público había abierto una investigación contra “autor o autores” por los presuntos delitos de proxenetismo y pornografía. La Fiscalía buscaba establecer si una persona adulta había intervenido en las actividades de las adolescentes, si las había inducido a realizarlas y cuál había sido su eventual participación en la obtención de dinero mediante esos servicios y contenidos.

La condición de las gemelas dentro de la investigación fue precisada desde el comienzo por las propias autoridades. La Fiscalía no las investigaba penalmente como autoras de los delitos, sino que intentaba determinar si habían sido víctimas de la actuación de una persona adulta. La diferencia era relevante porque las dos tenían 17 años y, por tanto, eran menores de edad al momento de los hechos investigados.

La información divulgada por la Fiscalía convirtió rápidamente el caso familiar en un asunto de interés público. La atención se concentró en las cuentas de TikTok, en el concepto de “novias en alquiler”, en los encuentros con personas adultas que formaban parte de los antecedentes comunicados por las autoridades y en la posibilidad de que existiera un tercero detrás de las actividades digitales de las adolescentes.

Pero para reconstruir cómo se llegó hasta esa investigación era necesario retroceder antes de febrero de 2025. La historia de Yesica y Noelia no comenzaba con sus cuentas de TikTok ni con la intervención de la Fiscalía. Antes de que sus nombres aparecieran en los medios, existía una historia familiar marcada por cambios en las personas encargadas de su cuidado, conflictos dentro del hogar y una relación cada vez más compleja con la autonomía económica que ambas intentaban construir.


Capítulo 2. La familia antes del escándalo


Yesica y Noelia nacieron en marzo de 2007. Antes de convertirse en las protagonistas de uno de los casos más difundidos de Sucre durante 2025, las hermanas habían atravesado varios cambios en las personas encargadas de su cuidado. Ese antecedente aparece en una entrevista concedida posteriormente por Yesica, en la que relata las distintas etapas de tutoría que atravesó durante su infancia y adolescencia. La historia familiar que describen las propias hermanas, por tanto, no comienza con la denuncia presentada a finales de enero de 2025: para entonces ya existía un historial de cambios en el entorno adulto responsable de ellas.

Según el relato entregado por las jóvenes, durante sus primeros años permanecieron bajo el cuidado de su madre. Con el paso del tiempo, la relación entre ellas se deterioró hasta producirse un distanciamiento. Posteriormente, la responsabilidad sobre las adolescentes quedó vinculada a su padre, Sandro Paniagua. En los testimonios públicos de Yesica y Noelia, Paniagua aparece descrito como una figura que se habría mantenido alejada de su vida cotidiana. Las hermanas han relatado que realizaba viajes y que posteriormente estableció nuevas relaciones sentimentales, mientras ellas quedaban bajo el cuidado de otras personas.

Ese relato debe distinguirse de aquello que puede acreditarse mediante antecedentes judiciales. Las declaraciones de las adolescentes permiten reconstruir cómo ellas mismas describieron su relación con su padre y su infancia, pero no se ha localizado una resolución pública que establezca jurídicamente que Paniagua hubiera abandonado a sus hijas. Lo que sí consta en las declaraciones de las autoridades durante la intervención de febrero de 2025 es que las adolescentes se encontraban viviendo con una abuela y que sus padres no estaban presentes en su cuidado cotidiano.

La situación fue explicada por Patricia Cruz, de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre, durante los primeros días de intervención. Cruz señaló que las adolescentes habían manifestado tener a sus padres en otras ciudades y que, hasta la tarde del lunes 10 de febrero de 2025, ninguno de ellos había podido ser localizado. La información publicada en esos días por El Deber también describía a las gemelas como adolescentes que vivían con su abuela ante la ausencia de sus padres. Las versiones periodísticas de la época no fueron completamente uniformes respecto de la línea familiar de esa abuela, por lo que resulta más prudente referirse a ella simplemente como la abuela, salvo cuando una fuente permita establecer con precisión el vínculo.

La entrevista de Yesica sobre sus cambios de tutoría permite agregar otro antecedente. Su relato no describe una infancia en la que una única persona hubiera mantenido de manera permanente la responsabilidad sobre ella y su hermana. Por el contrario, habla de diferentes períodos y de distintas personas que estuvieron a cargo de su cuidado. Esa sucesión de tutores forma parte de los antecedentes familiares que permiten entender por qué, años después, la discusión sobre quién debía hacerse responsable de las adolescentes volvería a aparecer cuando la Defensoría de la Niñez y Adolescencia intervino en enero de 2025.

Para entonces, Yesica y Noelia ya habían comenzado a desarrollar una vida cada vez más vinculada a la generación de sus propios ingresos. De acuerdo con el relato que las hermanas entregarían posteriormente, alrededor de los 15 años empezaron a asumir mayores responsabilidades sobre su vida cotidiana y a buscar formas de obtener dinero por cuenta propia. Esa etapa antecede a la actividad que posteriormente desarrollarían en TikTok y que terminaría siendo investigada por la Fiscalía.

La edad de las hermanas sería un elemento determinante cuando las autoridades intervinieron. En enero y febrero de 2025, Yesica y Noelia tenían 17 años y todavía eran menores de edad, aunque se encontraban a pocos meses de cumplir los 18. Podían administrar cuentas en redes sociales, generar ingresos y tomar decisiones sobre diferentes aspectos de su vida cotidiana, pero jurídicamente continuaban bajo el régimen de protección aplicable a las personas menores de edad.

Ese fue el contexto familiar con el que las autoridades se encontraron cuando la denuncia de la abuela llevó a la intervención de la Defensoría a finales de enero de 2025: dos adolescentes que habían pasado por diferentes etapas de cuidado familiar, que vivían con una abuela y cuyos padres no se encontraban presentes en su vida cotidiana, mientras ellas mismas comenzaban a defender públicamente su capacidad para administrar sus propios ingresos y decidir sobre su futuro.


Capítulo 3. La denuncia de la abuela


El caso comenzó a activarse a finales de enero de 2025, pero la primera denuncia relacionada con las adolescentes no tuvo como origen sus actividades en redes sociales ni la expresión “novias de alquiler”, que posteriormente se convertiría en la forma más conocida de identificar la historia. Según la información publicada por Correo del Sur y posteriormente reproducida por otros medios, la abuela había acudido inicialmente ante las autoridades por un supuesto robo relacionado con el RUAT de su vehículo. Paralelamente, había iniciado un proceso por violencia familiar contra las adolescentes.

De acuerdo con la explicación entregada posteriormente por Patricia Cruz, responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre, la denuncia por el supuesto robo terminó siendo rechazada debido a que no pudo comprobarse que las adolescentes hubieran sustraído el documento del vehículo. El proceso por violencia familiar, en cambio, continuó su curso y terminó dando lugar a la intervención de las instituciones de protección de menores.

La situación dentro del domicilio familiar ya se encontraba deteriorada. Según Cruz, la abuela había manifestado que no quería continuar manteniendo a las adolescentes en su vivienda y había denunciado haber sufrido maltrato psicológico. También había expresado temor por su propia integridad debido a una discapacidad. Con esos antecedentes, una fiscal asignada al caso dispuso medidas de protección y las adolescentes quedaron bajo responsabilidad de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre.

El 30 de enero de 2025, de acuerdo con la cronología documentada del caso, las gemelas fueron retiradas de su entorno familiar y trasladadas al hogar temporal Charkipata. La medida se produjo inicialmente en el contexto del conflicto familiar y de las medidas de protección adoptadas a partir de la denuncia presentada por la abuela.

Fue durante la intervención de la Defensoría cuando aparecieron antecedentes relacionados con actividades que las adolescentes desarrollaban a través de internet. Las evaluaciones realizadas por la institución permitieron conocer que ambas obtenían ingresos mediante actividades en redes sociales y que entre esas actividades existían contactos con personas adultas y material de naturaleza sexual. La información obtenida durante las entrevistas y evaluaciones fue posteriormente comunicada al Ministerio Público.

Patricia Cruz explicó que, a partir de esos antecedentes, la Fiscalía inició de oficio una investigación debido a la existencia de indicios de que determinadas personas podían estar prostituyendo o induciendo a las adolescentes a realizar ese tipo de actividades. La funcionaria aclaró que la investigación no estaba dirigida contra las gemelas, sino contra las personas adultas que eventualmente hubieran intervenido en los hechos.

La denuncia presentada por la abuela, por lo tanto, había comenzado como un conflicto ocurrido dentro del domicilio familiar y relacionado con una denuncia por un documento vehicular y un proceso de violencia familiar. Después de la intervención de la Defensoría, los antecedentes obtenidos durante la evaluación de las adolescentes llevaron a las autoridades a investigar también las actividades que ambas desarrollaban en redes sociales y la posible participación de personas adultas.


Capítulo 4. La intervención de la Defensoría

La Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre pasó a intervenir directamente en la situación de las gemelas después de que el caso llegara a conocimiento de las autoridades. Las adolescentes fueron trasladadas al hogar temporal Charkipata, donde comenzaron a ser entrevistadas para establecer las condiciones en las que vivían, su situación familiar, sus ingresos y las actividades que desarrollaban. Los antecedentes obtenidos durante ese proceso serían posteriormente entregados al Ministerio Público y utilizados dentro de la investigación que comenzaría a desarrollar la Fiscalía.

El 11 de febrero de 2025, el fiscal Javier Gorena explicó que el informe social y psicológico elaborado por la Defensoría había permitido establecer que una de las fuentes de ingresos de las adolescentes provenía de actividades que incluían citas con personas mayores y relaciones sexuales a cambio de dinero. Según el mismo fiscal, durante las entrevistas también habían aparecido antecedentes relacionados con la venta de fotografías y videos a través de las redes sociales.

La intervención institucional no fue aceptada de la misma manera por las adolescentes. Después de su ingreso al hogar temporal, ambas comenzaron a publicar videos en los que cuestionaban las decisiones adoptadas por la Defensoría y manifestaban su desacuerdo con la posibilidad de permanecer bajo protección institucional. Uno de los argumentos que plantearon públicamente estaba relacionado con su edad: señalaban que faltaban pocos meses para cumplir los 18 años y que, por esa razón, consideraban que podían hacerse cargo de sus propias vidas.

En uno de esos videos, una de las adolescentes explicó que ambas podían vivir en un lugar alquilado y asumir por sí mismas gastos como el agua, la electricidad y el alquiler. Según su planteamiento, no necesitaban permanecer en un hogar de protección y únicamente requerían contar con un tutor o un familiar que las acompañara. Las declaraciones mostraban la posición que las gemelas sostenían frente a la intervención: afirmaban que tenían capacidad para generar ingresos, administrar sus gastos y organizar su vida sin permanecer bajo la tutela directa de una institución.

La situación se complicó después de aproximadamente tres días en el hogar temporal. Una jueza de Niñez y Adolescencia ordenó que las hermanas fueran trasladadas a un hogar permanente, pero las adolescentes se negaron a cumplir con el traslado. En uno de sus videos explicaron que tenían miedo de que en el nuevo establecimiento les quitaran nuevamente sus teléfonos celulares. También cuestionaron la decisión de mantenerlas bajo medidas de protección cuando faltaban pocos meses para alcanzar la mayoría de edad.

Los celulares ya habían sido retenidos durante la intervención y su ausencia comenzó a aparecer reiteradamente en las declaraciones públicas de las adolescentes. Los dispositivos concentraban sus cuentas de redes sociales, contactos, conversaciones y publicaciones, además de formar parte de las actividades mediante las cuales habían obtenido ingresos. Para la investigación, en cambio, esos mismos dispositivos podían contener información sobre las personas con las que las adolescentes se comunicaban y sobre las actividades que estaban siendo investigadas.

La disputa por el traslado al hogar permanente quedó vinculada así con otra de las cuestiones que comenzaban a adquirir relevancia en el caso: qué ocurriría con los teléfonos y con la actividad digital de las adolescentes mientras permanecieran bajo protección institucional. Mientras la Defensoría y la justicia de Niñez y Adolescencia adoptaban medidas destinadas a resguardar a dos menores de edad, las propias adolescentes reclamaban que esas medidas interferían con la forma en que habían organizado sus actividades, sus comunicaciones y sus ingresos.


Capítulo 5. Qué hacían realmente las gemelas en TikTok

La expresión “novias en alquiler” comenzó a utilizarse para describir las actividades que las gemelas mostraban en TikTok, pero sus publicaciones incluían distintos tipos de contenido. Las cuentas estaban compuestas principalmente por videos de baile y publicaciones destinadas a sus seguidores, aunque entre ellas también aparecían mensajes en los que ofrecían explícitamente la posibilidad de contratar su compañía. Algunos de esos videos fueron posteriormente reproducidos por medios de comunicación para explicar cómo funcionaba la actividad. Entre las frases utilizadas aparecían expresiones como “Aquí casual esperando a mi cliente” y “Aquí en la chamba”, además de otras publicaciones de carácter sexual. También existían referencias a hombres mayores y menores de edad y videos que, posteriormente, fueron considerados por las autoridades como parte de una posible estrategia para captar clientes.

Una de las adolescentes publicó además un video en el que explicaba qué entendía por una “novia en alquiler”. Según su propia descripción, el servicio consistía en brindar compañía: salir con el cliente, caminar tomados de la mano, conversar, escuchar sus problemas y darle consejos. En ese mismo contenido advertía que quienes estuvieran buscando otro tipo de compañía estaban perdiendo el tiempo. La definición que entregaba en ese momento se centraba en una relación de acompañamiento y no describía explícitamente encuentros sexuales.

Otro video identificado con el nombre “Novia en alquiler” mostraba una de esas experiencias. En la publicación, la adolescente relataba que un hombre le había regalado un collar con la inicial de su nombre, le había enseñado a conducir una motocicleta y posteriormente la había llevado a comer. El contenido mostraba así otra dimensión de la actividad que las hermanas difundían en sus redes: encuentros en los que el pago o los regalos no necesariamente aparecían presentados públicamente como una transacción sexual.

Sin embargo, esas publicaciones coexistían con otro conjunto de antecedentes que posteriormente fueron incorporados a la investigación penal. La Fiscalía sostuvo que existían indicios de encuentros sexuales con personas adultas a cambio de dinero y de venta de fotografías y videos de contenido sexual. Javier Gorena explicó que esta información no provenía exclusivamente de la revisión de los videos públicos de TikTok. Parte de los antecedentes se encontraba en el informe social y psicológico elaborado por la Defensoría y en las declaraciones obtenidas de las adolescentes durante la intervención institucional.

La dimensión económica también aparecía en las propias publicaciones de las gemelas. En uno de sus videos hablaban de la necesidad de “ser independientes”, mostraban un cuaderno de ahorros y comentaban cuánto dinero gastaban mensualmente. Las publicaciones vinculaban la generación de ingresos con un proyecto personal que las adolescentes asociaban con la posibilidad de mantenerse por sus propios medios.

El 13 de diciembre de 2024, una de ellas publicó además un contenido en el que señalaba que faltaban tres meses para cumplir los 18 años. La fecha permite ubicar esa declaración en un momento concreto de su vida y muestra que ambas tenían presente la proximidad de la mayoría de edad mientras desarrollaban sus actividades en redes sociales.

La audiencia que habían conseguido en TikTok constituía otro elemento relevante. En febrero de 2025, una de las cuentas superaba los 86.000 seguidores y la otra los 106.000. Varias de sus publicaciones habían superado las 100.000 visualizaciones, lo que les permitía alcanzar una audiencia considerablemente mayor que un círculo personal de conocidos. La exposición pública también había convertido sus cuentas en el principal espacio mediante el cual mostraban sus actividades, establecían contacto con otras personas y difundían los servicios que ofrecían.

Por eso, cuando la Fiscalía comenzó a investigar el caso, la revisión no se limitó al contenido que las adolescentes habían publicado directamente. Los investigadores necesitaban establecer cómo funcionaba la actividad que se desarrollaba detrás de esas cuentas, con quiénes mantenían contacto las menores, quién intervenía en la organización de los encuentros y qué destino tenían los recursos obtenidos. La investigación comenzaría entonces a desplazarse desde los videos visibles para cualquier usuario de TikTok hacia las comunicaciones, los contactos y las personas que podían estar participando detrás de las cuentas.


Capítulo 6. La Fiscalía entra en escena

El 11 de febrero de 2025, el fiscal departamental de Chuquisaca, Javier Gorena, confirmó públicamente que el Ministerio Público había abierto una investigación contra “autor o autores” por los presuntos delitos de proxenetismo y pornografía a partir de los antecedentes obtenidos durante la intervención de las adolescentes. La Fiscalía investigaba la posibilidad de que una tercera persona hubiera intervenido en las actividades que las gemelas desarrollaban a través de las redes sociales y que hubiera tenido algún tipo de participación en la obtención de dinero mediante ellas.

Según explicó Gorena, durante las entrevistas realizadas a las adolescentes se estableció que ambas habían mantenido contacto desde 2023 con una persona adulta de aproximadamente 30 años. En aquel momento, las gemelas tenían alrededor de 15 años. De acuerdo con la hipótesis que manejaba el Ministerio Público, esa persona las habría inducido a realizar actividades relacionadas con contenido sexual con el objetivo de obtener recursos económicos y satisfacer algunos de sus gustos y necesidades.

La referencia a 2023 situaba el comienzo de la relación investigada casi dos años antes de que el conflicto familiar llegara a conocimiento de las autoridades. La Fiscalía debía establecer qué había ocurrido durante ese período, cómo se había producido el contacto entre las adolescentes y el adulto y cuál había sido la participación de esa persona en las actividades que posteriormente fueron detectadas a través de las redes sociales.

Los antecedentes que manejaba el Ministerio Público no se limitaban a los encuentros con personas adultas. La investigación también contemplaba la posible venta de fotografías y videos de contenido sexual mediante redes sociales. El comandante departamental de la Policía de Chuquisaca, Mirko Sokol, declaró a Bolivia TV que los investigadores habían identificado a un hombre que presuntamente administraba las redes sociales de las adolescentes y que, a través de ellas, ofrecía servicios sexuales y material pornográfico por diferentes montos de dinero. Sokol señaló además que la situación económica de la familia podía haber influido en el desarrollo de estas actividades.

La información entregada por las autoridades correspondía todavía a una investigación en curso. El Ministerio Público contaba con los informes sociales y psicológicos elaborados durante la intervención de la Defensoría, las declaraciones obtenidas de las adolescentes y el material digital relacionado con sus actividades en internet. Con esos antecedentes, los investigadores buscaban determinar la identidad y participación de la persona adulta mencionada por Gorena, establecer su relación con las adolescentes y precisar si había intervenido en la administración de sus cuentas o en la obtención de dinero mediante los servicios y contenidos que se ofrecían a través de ellas.

La Fiscalía debía además determinar si los antecedentes reunidos eran suficientes para acreditar los delitos investigados y establecer las responsabilidades correspondientes. Para avanzar en esa dirección, las diligencias posteriores se concentrarían en las comunicaciones y dispositivos utilizados por las adolescentes y en las personas que habían mantenido contacto con ellas.

La investigación penal quedaba así abierta mientras las autoridades intentaban reconstruir cómo habían comenzado las actividades, quiénes habían participado en ellas y qué papel había desempeñado la persona adulta identificada durante las primeras diligencias.


Capítulo 7. El hombre detrás de las cuentas

La investigación comenzó a concentrarse en la posible participación de una persona adulta. El fiscal departamental de Chuquisaca, Javier Gorena, informó que las adolescentes habrían mantenido contacto desde 2023 con un hombre de aproximadamente 30 años. De acuerdo con la hipótesis que manejaba el Ministerio Público, esta persona las habría inducido a realizar actividades relacionadas con la producción de contenido sexual y a obtener dinero mediante ellas. El dato situaba el inicio de la relación investigada aproximadamente dos años antes de que la intervención de la Defensoría sacara el caso a la luz pública.

La Policía aportó posteriormente información más específica sobre el posible papel de ese hombre. El comandante departamental de Chuquisaca, Mirko Sokol, señaló que los investigadores habían identificado a una persona que presuntamente administraba las redes sociales de las adolescentes. Según la información entregada por Sokol, este hombre habría utilizado esas cuentas para ofrecer servicios sexuales y material pornográfico a cambio de diferentes montos de dinero.

La hipótesis policial y la información entregada por el Ministerio Público apuntaban, por tanto, hacia una posible participación de un tercero en las actividades que las adolescentes desarrollaban a través de internet. Sin embargo, en ese momento la Fiscalía todavía se encontraba en una etapa de investigación y no había establecido judicialmente la responsabilidad de esa persona. El adulto señalado públicamente era objeto de una investigación por presunto proxenetismo y pornografía, y las diligencias buscaban determinar cuál había sido exactamente su participación.

Para establecer esos antecedentes, los investigadores necesitaban revisar las comunicaciones y el contenido almacenado en los dispositivos de las adolescentes, además de identificar a las personas con las que habían mantenido contacto y determinar cómo se habían desarrollado las actividades investigadas. Los teléfonos celulares y posteriormente la computadora portátil incautada por el Ministerio Público adquirirían importancia precisamente por la posibilidad de encontrar allí información sobre esa relación.

La hipótesis de la Fiscalía debía además contrastarse con las declaraciones realizadas por las propias adolescentes. Yesica y Noelia habían rechazado que hubieran sido obligadas a realizar esas actividades. Una de ellas afirmó públicamente: “Nunca fuimos obligadas”, aunque en la misma declaración señaló que sí habían sido “incitadas”.

Esa declaración no resolvía por sí misma la investigación. La Fiscalía debía determinar qué había ocurrido desde el momento en que las adolescentes entraron en contacto con el adulto señalado, cuál había sido su participación en las cuentas, qué actividades había realizado cada una de las partes y si existían elementos suficientes para establecer una conducta delictiva. Para ello, el Ministerio Público continuó con la revisión de los dispositivos y de los antecedentes obtenidos durante la intervención de la Defensoría.


Capítulo 8. Las gemelas contra la versión oficial

Después de su ingreso al hogar temporal Charkipata, las gemelas comenzaron a publicar videos en los que cuestionaban las razones por las que habían sido separadas de su entorno familiar y trasladadas bajo protección de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Una de ellas sostuvo que el conflicto con su abuela había comenzado después de que ambas le reclamaran el dinero correspondiente a las pensiones y los ingresos que ellas mismas generaban. En esas publicaciones también rechazó que hubieran sido obligadas a realizar las actividades que posteriormente fueron incorporadas a la investigación fiscal.

“Nunca fuimos obligadas”, afirmó una de las adolescentes en uno de los videos difundidos durante esos días. En la misma declaración estableció una diferencia entre obligación e influencia al señalar que sí habían sido “incitadas”. La afirmación adquirió relevancia porque contrastaba con la hipótesis que el Ministerio Público comenzaba a investigar: la Fiscalía buscaba determinar si una persona adulta había intervenido en las actividades de las adolescentes y si las había inducido a realizar encuentros y comercializar material de contenido sexual.

Las gemelas también cuestionaron las decisiones adoptadas por la Defensoría. En sus publicaciones reclamaron por las condiciones en las que permanecían en el hogar y cuestionaron que las autoridades intervinieran en sus vidas cuando, según ellas mismas señalaban, faltaban pocos meses para cumplir los 18 años. Una de las adolescentes planteó públicamente que ambas podían vivir de manera independiente, pagar un alquiler y hacerse cargo de sus propios gastos, siempre que contaran con un tutor o un familiar.

En otra de sus publicaciones, una de las hermanas cuestionó directamente a su abuela y sostuvo que el conflicto familiar estaba relacionado con el dinero que recibían por las pensiones y con los ingresos que obtenían mediante sus propias actividades. También realizó cuestionamientos a la Defensoría y sugirió que la institución conocía determinados aspectos de lo que ellas hacían antes de intervenir. Estas afirmaciones corresponden al relato público de las adolescentes y no fueron establecidas como hechos por las autoridades encargadas de la investigación.

La posición de las gemelas quedó así expuesta mientras la Fiscalía continuaba reuniendo antecedentes. Ellas sostenían que habían tomado decisiones por cuenta propia, que querían trabajar, administrar sus ingresos y alcanzar independencia económica; el Ministerio Público, en cambio, investigaba si detrás de esas actividades existía la intervención de una persona adulta que pudiera haberlas inducido cuando todavía eran menores de edad.

La diferencia entre ambas versiones no quedó resuelta por las declaraciones públicas de las adolescentes. Para la Fiscalía, determinar si existió inducción o participación de terceros requería revisar las comunicaciones, los contactos y el material encontrado en sus dispositivos, además de establecer las circunstancias en que las actividades investigadas habían comenzado.


Capítulo 9. El conflicto por los celulares

Los teléfonos celulares adquirieron un papel central desde los primeros días de la intervención de las autoridades. El 10 de febrero de 2025, mientras las adolescentes permanecían bajo la protección de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre, sus dispositivos fueron retenidos como parte de las diligencias destinadas a establecer con quiénes mantenían contacto y qué actividades desarrollaban a través de las redes sociales. Patricia Cruz, entonces jefa municipal de la Defensoría, explicó que el Ministerio Público necesitaba revisar las comunicaciones para determinar si existía una persona adulta vinculada a las actividades que las adolescentes realizaban en internet.

La medida generó resistencia por parte de las gemelas. En los videos que publicaron durante esos días cuestionaron las condiciones en las que permanecían en el hogar temporal Charkipata y expresaron su temor de que, si eran trasladadas a un hogar permanente, volvieran a quitarles sus teléfonos. La preocupación no estaba relacionada únicamente con mantener el contacto con otras personas. Los celulares concentraban buena parte de la actividad que habían desarrollado durante los años anteriores: sus cuentas de TikTok, los contactos con sus seguidores, las conversaciones privadas, las publicaciones y las actividades mediante las cuales obtenían ingresos.

El conflicto por los dispositivos se produjo, por tanto, mientras las autoridades intentaban determinar precisamente qué había ocurrido a través de esas plataformas. Para las adolescentes, los teléfonos estaban vinculados a su actividad cotidiana y económica; para los investigadores, podían contener información relevante para establecer quiénes habían tenido contacto con ellas y si existía participación de terceros. La disputa adquirió mayor importancia a medida que avanzó la investigación, porque las comunicaciones y el contenido almacenado en esos equipos podían aportar información sobre las personas con las que las gemelas se relacionaban y sobre las actividades que realizaban mediante internet.

El 25 de febrero, el fiscal Javier Gorena informó que el Ministerio Público había secuestrado dos teléfonos celulares y una computadora portátil relacionados con el caso. La Fiscalía solicitó la apertura de los dispositivos y una pericia informática forense, procedimiento destinado a recuperar y analizar la información almacenada en los equipos y determinar si existían elementos que permitieran avanzar en la identificación y participación de la persona adulta que estaba siendo investigada.

La diligencia también permitió precisar la condición que tenían las adolescentes dentro del proceso penal. Gorena señaló que la investigación por presunto proxenetismo y pornografía estaba dirigida contra una persona adulta y no contra las gemelas. Las adolescentes eran consideradas posibles víctimas dentro de la investigación y el análisis de sus dispositivos buscaba determinar qué había ocurrido y cuál había sido la participación de terceros.

La Fiscalía debía establecer, a partir de la información contenida en los teléfonos y el computador, quiénes habían mantenido contacto con las adolescentes, qué comunicaciones se habían producido y si los antecedentes obtenidos permitían acreditar la intervención de una persona adulta en las actividades investigadas. En ese momento, los equipos pasaron a formar parte de la evidencia que podía permitir reconstruir lo ocurrido desde el entorno digital en el que las gemelas habían desarrollado buena parte de su actividad.


Capítulo 10. La fuga del 18 de febrero

El martes 18 de febrero de 2025, Yesica y Noelia abandonaron el hogar transitorio Charkipata, donde permanecían bajo una medida de protección. El hecho fue informado públicamente por la Alcaldía de Sucre, a través de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, que solicitó la colaboración de la población para dar con el paradero de las dos adolescentes.

El aviso de búsqueda entregado por las autoridades incluía una descripción de la ropa que llevaban al momento de abandonar el establecimiento. Una de ellas vestía pantaleta de jean, sudadera azul y polera blanca, mientras que la otra llevaba short de jean y polera blanca. La Defensoría también habilitó números telefónicos para que cualquier persona que tuviera información pudiera comunicarla a las autoridades.

La desaparición se produjo mientras las adolescentes se encontraban bajo protección institucional y mientras el Ministerio Público investigaba los antecedentes que habían aparecido durante su permanencia en el hogar. La Fiscalía buscaba establecer la posible participación de una persona adulta en las actividades que las gemelas desarrollaban a través de internet, mientras la Defensoría mantenía la responsabilidad sobre ellas en el marco de las medidas de protección adoptadas después del conflicto familiar.

Sin embargo, las adolescentes no dejaron de aparecer en internet después de abandonar Charkipata. Sus cuentas de TikTok continuaron activas. Al día siguiente, 19 de febrero, Correo del Sur informó que una de ellas había publicado imágenes relacionadas con un viaje fuera de Sucre. Las publicaciones permitían establecer que las gemelas continuaban utilizando sus redes sociales pese a que las autoridades habían iniciado su búsqueda.

Los días posteriores aportaron nuevos antecedentes. El propio Ministerio Público confirmó que las adolescentes continuaban difundiendo contenido en TikTok después de haber abandonado el hogar temporal. La misma plataforma que había permitido a las gemelas construir una audiencia de decenas de miles de seguidores seguía siendo utilizada mientras la Defensoría intentaba determinar dónde se encontraban.

La búsqueda institucional y la actividad digital de las adolescentes avanzaron simultáneamente. Mientras la Defensoría solicitaba públicamente información para localizar a dos menores de edad que habían salido de un establecimiento de protección, las cuentas de TikTok de las hermanas permanecían activas y continuaban mostrando parte de sus actividades a sus seguidores.

La fuga modificó nuevamente las circunstancias del caso. Las adolescentes ya no se encontraban físicamente en el hogar temporal mientras la Fiscalía continuaba investigando sus actividades digitales y la posible participación de terceros. La localización de ambas pasó a convertirse en una de las tareas inmediatas de las autoridades.


Capítulo 11. ¿Qué pasó con la investigación?

Después de la fuga del 18 de febrero de 2025, una de las principales preguntas que quedó pendiente fue cuál sería el destino de la investigación penal iniciada por el Ministerio Público. El 25 de febrero, el fiscal departamental de Chuquisaca, Javier Gorena, confirmó que el caso continuaba abierto y entregó nuevos antecedentes sobre las diligencias que se estaban realizando. La Fiscalía había secuestrado dos teléfonos celulares y una computadora portátil y había solicitado la apertura de los dispositivos y una pericia informática forense.

El objetivo de esas diligencias era recuperar y analizar la información contenida en los equipos para determinar si existían elementos que permitieran establecer la participación de la persona adulta mencionada durante los primeros días de la investigación. La revisión debía aportar información sobre las comunicaciones, los contactos y las actividades desarrolladas a través de los dispositivos utilizados por las adolescentes.

La hipótesis comunicada por el Ministerio Público señalaba que las gemelas habían mantenido contacto desde 2023 con un hombre de aproximadamente 30 años y que esta persona podía haberlas inducido a realizar actividades relacionadas con contenido sexual para obtener recursos económicos. La Policía había entregado además otra información vinculada con esa línea investigativa. El comandante departamental de Chuquisaca, Mirko Sokol, había señalado que los investigadores identificaron a un hombre que presuntamente administraba las redes sociales de las adolescentes y que ofrecía servicios sexuales y material pornográfico a cambio de diferentes montos.

Sin embargo, esos antecedentes correspondían a una investigación en curso. Las declaraciones de Gorena y Sokol describían las hipótesis y diligencias que manejaban las autoridades, pero no constituían por sí mismas una sentencia ni establecían judicialmente la responsabilidad de la persona investigada.

La documentación pública localizada para este reportaje tampoco permite establecer cuál fue el resultado posterior de la pericia informática anunciada el 25 de febrero. No se ha localizado una resolución judicial pública que permita afirmar que el adulto señalado fue condenado, ni documentación posterior suficiente para establecer de manera definitiva su identidad y responsabilidad penal. Tampoco se encontró información pública posterior de la Fiscalía que permita determinar qué resultados produjo el análisis forense de los dos teléfonos y la computadora incautados.

Por esa razón, no corresponde presentar la hipótesis fiscal como un hecho demostrado ni afirmar que posteriormente fue descartada. Lo que puede establecerse documentalmente es que existió una investigación por presunto proxenetismo y pornografía, que las autoridades señalaron la posible participación de una persona adulta, que se realizaron diligencias concretas y que el Ministerio Público ordenó una pericia informática para obtener nuevos antecedentes.

La misma precaución resulta necesaria al reconstruir el conflicto familiar. La denuncia de la abuela, las declaraciones de las adolescentes y las actuaciones de las instituciones forman parte de la historia documentada del caso, pero no todas las acusaciones formuladas públicamente durante esos días fueron posteriormente acreditadas mediante una resolución judicial.

La abuela denunció un conflicto familiar y violencia.

Las adolescentes cuestionaron públicamente esa versión y defendieron su propia interpretación de los hechos.

La Defensoría intervino y adoptó medidas de protección.

La Fiscalía abrió una investigación penal a partir de los antecedentes obtenidos durante esa intervención.

Las gemelas, posteriormente, abandonaron el hogar temporal y continuaron utilizando sus redes sociales.

Cada uno de esos hechos puede ser reconstruido a partir de las declaraciones y publicaciones disponibles. Lo que no puede hacerse, sin documentación judicial que lo respalde, es convertir todas las acusaciones y sospechas que circularon durante aquellos días en hechos probados.


Capítulo 12. La mayoría de edad

La proximidad de los 18 años ya estaba presente en las publicaciones de las gemelas antes de que la intervención de las autoridades se hiciera pública. El 13 de diciembre de 2024, una de ellas publicó un video en el que señalaba que faltaban aproximadamente tres meses para cumplir la mayoría de edad. En otras publicaciones realizadas posteriormente, las adolescentes volvieron a referirse a su edad y cuestionaron las decisiones adoptadas por las instituciones mientras se encontraban a pocos meses de poder tomar legalmente sus propias decisiones como adultas.

Cuando la Defensoría de la Niñez y Adolescencia intervino en enero de 2025, Yesica y Noelia todavía tenían 17 años. Esa condición determinaba el marco institucional en el que se desarrollaron las primeras actuaciones. Las adolescentes podían ser incorporadas a medidas de protección, ser trasladadas a un hogar de acogida y quedar bajo responsabilidad de las autoridades de niñez mientras se evaluaba su situación familiar y personal.

La condición de menores de edad también estaba relacionada con la investigación penal que comenzó después de las entrevistas realizadas por la Defensoría. El Ministerio Público no presentó a las gemelas como investigadas por los delitos de proxenetismo y pornografía que motivaron la apertura del proceso. Por el contrario, la Fiscalía señaló que buscaba establecer si una persona adulta las había inducido a realizar actividades sexuales y a comercializar fotografías y videos mientras todavía eran menores de edad.

La situación jurídica de las hermanas cambió cuando cumplieron los 18 años. Las medidas de protección vinculadas específicamente con su condición de menores ya no podían analizarse bajo las mismas circunstancias que habían existido durante enero y febrero de 2025. Sin embargo, alcanzar la mayoría de edad no borraba los hechos ocurridos anteriormente ni eliminaba la investigación sobre las actividades desarrolladas cuando todavía eran adolescentes.

La diferencia también comenzó a reflejarse en la manera en que las propias hermanas presentaban sus vidas. Durante su adolescencia habían defendido públicamente su capacidad para generar ingresos, administrar sus redes sociales y tomar decisiones sobre su futuro. Una vez adultas, continuaron utilizando internet como uno de los principales espacios para desarrollar sus actividades.

Noelia mantuvo su presencia en redes sociales y posteriormente comenzó una nueva etapa vinculada al ASMR, mientras desarrollaba además actividades comerciales y continuaba utilizando plataformas de contenido para adultos. Yesica también siguió vinculada a las redes sociales y, según ha declarado posteriormente, comenzó estudios universitarios de Derecho, señalando que uno de sus objetivos era trabajar en defensa de los niños.

La historia, por tanto, no terminó cuando las gemelas dejaron de ser menores de edad. Lo que cambió fue el contexto en el que debían analizarse sus decisiones posteriores. Los hechos investigados por la Fiscalía correspondían a un período en que ambas tenían 17 años; sus actividades posteriores pertenecían, en cambio, a una etapa en la que ya eran adultas y podían decidir sobre su vida dentro de un marco jurídico diferente.


Capítulo 13. La vida posterior de Noelia: Ariana Pan

Después de los acontecimientos de febrero de 2025, Noelia comenzó una nueva etapa de exposición pública utilizando el nombre de Ariana Pan. Su actividad en internet tomó una dirección diferente y pasó a concentrarse, entre otras cosas, en la creación de contenido de ASMR, un género basado en sonidos, susurros y estímulos destinados a producir relajación o una respuesta sensorial en los espectadores.

El 4 de abril de 2025, pocas semanas después de que el caso de las gemelas alcanzara notoriedad nacional, publicó el primer video de su nuevo canal de YouTube dedicado al ASMR. Desde entonces desarrolló allí una identidad separada de la que había adquirido notoriedad en TikTok durante su adolescencia. De acuerdo con los antecedentes actuales aportados para esta investigación, el canal cuenta actualmente con aproximadamente 18.600 suscriptores.

El cambio de contenido fue evidente. Durante la etapa anterior, buena parte de la atención pública se había concentrado en los videos de TikTok asociados al concepto de “novia en alquiler” y en las actividades que posteriormente fueron incorporadas a la investigación fiscal. Como Ariana Pan, Noelia comenzó a publicar videos centrados en ASMR, utilizando sonidos, susurros y diferentes formas de entretenimiento sensorial como base de su contenido.

La creación del canal no significó, sin embargo, que abandonara la utilización de internet como fuente de ingresos. Paralelamente a su actividad como creadora de ASMR, Noelia desarrolló un emprendimiento dedicado a la venta de lencería y continuó utilizando plataformas digitales para comercializar contenido para adultos. Según los antecedentes actuales entregados para este reportaje, mantiene una cuenta en OnlyFans y un grupo privado de Telegram destinado a la distribución de ese tipo de material.

Estas actividades corresponden a una etapa posterior de su vida y deben distinguirse de los hechos investigados durante 2025. Cuando la Fiscalía comenzó aquella investigación, Noelia tenía 17 años y el Ministerio Público intentaba determinar si una persona adulta había intervenido en las actividades que ella y su hermana realizaban. Actualmente, en cambio, Noelia es mayor de edad y las actividades que desarrolla en sus plataformas digitales se producen dentro de una situación jurídica diferente.

La existencia de actividad adulta en sus plataformas actuales tampoco permite establecer por sí sola qué ocurrió durante el período investigado en 2025. Que actualmente comercialice contenido para adultos no demuestra que las actividades realizadas cuando tenía 17 años se desarrollaran bajo las mismas condiciones, del mismo modo que tampoco permite confirmar o descartar la hipótesis que en aquel momento manejaba la Fiscalía sobre la participación de una persona adulta.

Lo que sí puede reconstruirse es la continuidad de una característica que ya estaba presente durante la adolescencia de Noelia: su utilización de las plataformas digitales para construir una audiencia y generar ingresos. La diferencia es que, después de cumplir la mayoría de edad, esa actividad se desarrolló en nuevos espacios y bajo una identidad pública diferente.

Ariana Pan pasó así a ocupar un lugar distinto dentro de la presencia digital de Noelia. El nombre que había quedado asociado al caso de las “novias de alquiler” fue reemplazado en una parte de su actividad pública por una creadora de ASMR que, además, mantiene otros emprendimientos y plataformas de monetización en internet.


Capítulo 14. La vida posterior de Yesica: Derecho

El camino que tomó Yesica después de alcanzar la mayoría de edad fue diferente al de su hermana. Según la entrevista que forma parte de los antecedentes de esta investigación, comenzó estudios universitarios en Derecho y señaló que uno de sus objetivos profesionales es defender a los niños.

La elección de esa carrera adquiere un contexto particular al observar los acontecimientos que marcaron su adolescencia, aunque no corresponde afirmar que Yesica haya decidido estudiar Derecho exclusivamente a raíz del caso ocurrido en 2025, ya que ella no lo ha establecido de esa manera. Lo que sí está documentado es que, cuando tenía 17 años, tuvo contacto directo con instituciones de protección de menores, permaneció en un hogar temporal, cuestionó públicamente decisiones adoptadas por las autoridades y quedó involucrada, junto con su hermana, en una investigación penal iniciada después de la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.

Durante aquellos meses, Yesica también estuvo vinculada a un conflicto familiar relacionado con las personas que ejercían su cuidado. La intervención de la Defensoría llevó a que su situación familiar y personal fuera evaluada y posteriormente comunicada al Ministerio Público. La Fiscalía la consideró, junto con su hermana, una posible víctima dentro de la investigación por presunto proxenetismo y pornografía, mientras intentaba establecer la eventual participación de una persona adulta.

Años después, Yesica estudia precisamente una disciplina vinculada con las normas que regulan las relaciones entre las personas, las familias y las instituciones. Su propia explicación sobre su objetivo de defender a los niños establece el punto de conexión más concreto entre su proyecto profesional y el ámbito en el que estuvo involucrada durante su adolescencia.

Su actividad en internet tampoco desapareció con el paso a la adultez. De acuerdo con los antecedentes actuales aportados para este reportaje, Yesica continúa utilizando plataformas digitales y comercializa contenido para adultos mediante OnlyFans y un grupo privado de Telegram.

Su situación actual, al igual que la de Noelia, corresponde a una etapa posterior a los hechos investigados en 2025. Durante aquella investigación ambas eran menores de edad y la Fiscalía intentaba determinar si una persona adulta había intervenido en las actividades que desarrollaban. Las actividades que Yesica realiza actualmente deben situarse dentro de su condición de adulta y no pueden utilizarse por sí solas para establecer qué ocurrió durante el período investigado.

La trayectoria posterior de las hermanas tomó direcciones diferentes. Noelia desarrolló una identidad pública como Ariana Pan, centrada principalmente en el ASMR, además de mantener otros emprendimientos y plataformas digitales. Yesica comenzó estudios de Derecho y expresó su intención de trabajar en defensa de los niños, mientras continuó utilizando internet como parte de sus actividades económicas.


Capítulo 15. La separación de las gemelas

La vida de Yesica y Noelia también cambió en el ámbito personal. Con el paso del tiempo, las hermanas dejaron de vivir juntas y su relación comenzó a deteriorarse públicamente. Las diferencias entre ambas fueron expuestas en redes sociales y posteriormente amplificadas por otros creadores de contenido, especialmente en TikTok, donde la historia de las gemelas de Sucre todavía conservaba notoriedad entre los usuarios que habían seguido el caso de 2025.

Las discusiones entre las hermanas comenzaron a formar parte de la conversación pública en torno a ellas. Los contenidos publicados por Yesica y Noelia eran comentados y reproducidos por terceros, lo que hizo que sus diferencias personales alcanzaran una audiencia que iba más allá de las personas directamente involucradas.

La naturaleza de esa exposición era diferente a la que había existido durante los primeros meses de 2025. En aquel período, el centro de la atención pública había estado en la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, las medidas de protección, la investigación de la Fiscalía Departamental de Chuquisaca y la posible participación de una persona adulta en las actividades que las adolescentes realizaban cuando tenían 17 años. Las propias gemelas también habían utilizado sus redes sociales para cuestionar las actuaciones de las instituciones y entregar su versión de los hechos.

Posteriormente, las instituciones dejaron de ocupar el centro de las publicaciones relacionadas con las hermanas. La atención comenzó a concentrarse en sus vidas como adultas, sus actividades en internet y las diferencias que mantenían entre ellas.

La separación también hizo que cada una desarrollara su propia presencia digital. Noelia, bajo el nombre de Ariana Pan, consolidó una actividad vinculada al ASMR y a otros emprendimientos y plataformas digitales. Yesica, por su parte, comenzó estudios universitarios de Derecho y continuó utilizando las redes sociales como parte de sus actividades económicas.

Mientras sus proyectos personales tomaban caminos diferentes, las disputas entre ambas comenzaron a aparecer públicamente. Los videos y transmisiones en los que se referían una a la otra fueron utilizados por otros creadores para producir contenido relacionado con el conflicto, ampliando nuevamente la exposición de las gemelas.

La separación, por tanto, no significó que Yesica y Noelia dejaran de compartir un espacio público. Aunque ya no vivían juntas, continuaban vinculadas por una historia que había comenzado mucho antes del escándalo de 2025 y por una audiencia que seguía interesada en sus vidas. Las diferencias personales entre ambas se convirtieron progresivamente en otro de los elementos que alimentaban esa atención.


Capítulo 16. TikTok convierte el conflicto en espectáculo

La notoriedad que Yesica y Noelia habían adquirido durante el caso de 2025 no desapareció después de que la investigación dejara de ocupar el centro de la cobertura mediática. Las referencias a las gemelas continuaron circulando en redes sociales y, con el tiempo, distintos creadores de contenido comenzaron a recuperar episodios de su historia, comentar sus diferencias y reproducir publicaciones realizadas por ellas mismas.

TikTok se convirtió nuevamente en uno de los principales espacios donde esa exposición se desarrolló. Las discusiones entre las hermanas podían ser comentadas por terceros y posteriormente utilizadas para generar nuevas publicaciones, mientras que las respuestas de Yesica o Noelia volvían a alimentar la conversación. De esa manera, conflictos originalmente desarrollados entre ellas terminaban incorporándose a una audiencia mucho más amplia.

La situación era diferente de la que había existido durante los primeros meses de 2025. En aquel momento, las protagonistas eran dos adolescentes de 17 años que se encontraban bajo medidas de protección, mientras la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre intervenía en su situación familiar y la Fiscalía Departamental de Chuquisaca investigaba la posible participación de una persona adulta en las actividades que desarrollaban a través de internet.

En la etapa posterior, ambas habían alcanzado la mayoría de edad. Ya no se encontraban bajo la medida de protección que había llevado a su traslado al hogar temporal Charkipata, y sus decisiones personales y actividades en redes sociales se desarrollaban dentro de un contexto jurídico diferente al de 2025.

Sin embargo, el cambio de condición jurídica no significó la desaparición de la historia anterior. Para la audiencia que había conocido el caso, Yesica y Noelia continuaban siendo reconocibles como las gemelas que habían protagonizado aquel episodio en Sucre. El pasado permanecía asociado a sus nombres incluso mientras cada una desarrollaba actividades y proyectos propios.

La diferencia era que ahora la exposición pública no provenía principalmente de una investigación institucional. Las propias hermanas habían construido nuevas audiencias y utilizaban sus cuentas para mostrar distintos aspectos de sus vidas, mientras otros creadores recuperaban sus publicaciones y comentaban las disputas que aparecían entre ellas.

Las diferencias personales terminaron adquiriendo así una dimensión pública propia. Ya no se trataba únicamente de reconstruir qué había ocurrido durante la intervención de 2025, sino también de observar qué había sucedido con las dos protagonistas después de aquel episodio y cómo había evolucionado su relación una vez que comenzaron a vivir separadas.

Ese proceso alcanzaría un nuevo punto el 7 de agosto de 2026, cuando Yesica y Noelia protagonizaron simultáneamente transmisiones en TikTok y volvieron a realizar acusaciones cruzadas frente a sus respectivas audiencias.


Capítulo 17. 7 de agosto de 2026: el nuevo round

El viernes 7 de agosto de 2026, las diferencias entre Yesica y Noelia volvieron a quedar expuestas públicamente. Las dos realizaron transmisiones en vivo a través de TikTok prácticamente a la misma hora, cada una desde su propia cuenta. No se trató de una conversación conjunta ni de una transmisión compartida: fueron dos lives paralelos en los que cada hermana habló ante su propia audiencia y formuló acusaciones contra la otra.

Durante ambas transmisiones aparecieron señalamientos relacionados con supuestas infidelidades, vínculos con hombres mayores a cambio de dinero y distintos aspectos de sus respectivas relaciones sentimentales. Entre las acusaciones también apareció una particularmente llamativa dirigida contra Noelia: durante el enfrentamiento se planteó la existencia de un supuesto novio extranjero al que, según la versión expuesta en la disputa, estaría intentando manipular para conseguir que le comprara un departamento.

La naturaleza de esas afirmaciones obliga, sin embargo, a establecer una diferencia fundamental entre lo que puede documentarse y lo que no. Lo que este reportaje puede establecer es que las acusaciones fueron formuladas públicamente durante las transmisiones. No se cuenta con pruebas independientes que permitan confirmar que los hechos denunciados por una hermana contra la otra hayan ocurrido. Por esa razón, las declaraciones deben ser tratadas como parte del enfrentamiento público entre ambas y no como evidencia suficiente para establecer la veracidad de las acusaciones.

El episodio también permite observar cuánto había cambiado la situación de las hermanas desde la intervención institucional de 2025. En febrero de aquel año, Yesica y Noelia utilizaban TikTok para responder públicamente a las actuaciones de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y cuestionar las decisiones que se estaban adoptando sobre sus vidas mientras permanecían bajo medidas de protección. La Fiscalía, paralelamente, investigaba la posible participación de una persona adulta en las actividades que ambas realizaban a través de internet.

En agosto de 2026, la situación era diferente. Las dos habían alcanzado la mayoría de edad, vivían separadas y habían desarrollado sus propias cuentas, proyectos y audiencias. TikTok seguía siendo el escenario de la exposición pública, pero el conflicto ya no estaba protagonizado por dos adolescentes enfrentadas a instituciones de protección y a una investigación penal. Esta vez eran dos adultas que utilizaban sus propias plataformas para responderse mutuamente.

También había cambiado la naturaleza de aquello que se discutía. En 2025, una de las preguntas centrales de la investigación era quién podía estar detrás de las cuentas y si una persona adulta había intervenido en las actividades que las adolescentes realizaban cuando tenían 17 años. En 2026, las acusaciones surgieron directamente entre las dos hermanas y estuvieron relacionadas con sus vidas personales, sus relaciones y su situación económica.

El escenario digital seguía siendo el mismo, pero las circunstancias eran otras. La audiencia que había conocido a las gemelas durante el caso de Sucre continuaba allí y ahora podía observar un conflicto completamente distinto: Yesica y Noelia ya no aparecían juntas, vivían separadas y habían convertido nuevamente sus diferencias personales en contenido público.


Epílogo: dos vidas después de “Novias de Alquiler”

La historia de Yesica y Noelia Paniagua Carballo no puede reconstruirse únicamente a partir de la expresión “novias de alquiler”. Ese fue el concepto que terminó identificando públicamente el caso y que permitió que una investigación iniciada en Sucre adquiriera repercusión nacional, pero los antecedentes disponibles muestran una historia que comenzó mucho antes de que las gemelas aparecieran en los medios y que continuó después de que la investigación dejara de ocupar las primeras páginas.

Antes de TikTok ya existía un contexto familiar complejo. Las propias hermanas han relatado cambios en las personas encargadas de su cuidado durante su infancia y adolescencia, así como un deterioro de la relación con su madre. También han descrito a su padre, Sandro Paniagua, como una figura ausente de su vida cotidiana. Ese relato pertenece a las propias jóvenes y no puede transformarse en una conclusión judicial de abandono que no ha sido localizada en la documentación pública disponible.

Cuando el caso llegó a las autoridades a comienzos de 2025, las adolescentes vivían con su abuela. La convivencia terminó en un conflicto que derivó en una denuncia relacionada inicialmente con el supuesto robo del RUAT de un vehículo y posteriormente en un proceso por violencia familiar. La acusación por el documento vehicular no pudo ser comprobada, mientras que la denuncia por violencia familiar continuó su trámite. La abuela manifestó haber sufrido maltrato psicológico y expresó temor por su integridad debido a una discapacidad.

A partir de esa situación se adoptaron medidas de protección y las adolescentes fueron trasladadas, el 30 de enero de 2025, al hogar temporal Charkipata. Allí fueron entrevistadas y evaluadas por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sucre. Los antecedentes obtenidos durante esa intervención llevaron a las autoridades a examinar una actividad que hasta entonces se desarrollaba principalmente en internet.

Yesica y Noelia tenían entonces 17 años y habían conseguido una audiencia considerable en TikTok. Una de sus cuentas superaba los 86.000 seguidores y la otra rondaba los 106.000. La mayor parte de sus publicaciones consistía en videos de baile y contenido habitual de la plataforma, pero también existían publicaciones relacionadas con el concepto de “novia en alquiler” y otras de carácter sexual.

A partir de las evaluaciones y declaraciones obtenidas durante la intervención, la Fiscalía recibió antecedentes sobre posibles encuentros con personas adultas a cambio de dinero y sobre la comercialización de fotografías y videos. El 11 de febrero de 2025, el fiscal Javier Gorena informó la apertura de una investigación contra “autor o autores” por presunto proxenetismo y pornografía.

La Fiscalía sostuvo que existían indicios de la participación de una persona adulta. Según Gorena, las adolescentes habrían mantenido contacto desde 2023 con un hombre de aproximadamente 30 años que podía haberlas inducido a realizar actividades de carácter sexual para obtener recursos económicos. El comandante departamental de la Policía de Chuquisaca, Mirko Sokol, entregó otro elemento: los investigadores habrían identificado a un hombre que presuntamente administraba las redes sociales de las adolescentes y ofrecía servicios sexuales y material pornográfico a cambio de diferentes montos.

La investigación no estaba dirigida penalmente contra las gemelas. Ese punto fue reiterado por las autoridades y resulta indispensable para interpretar correctamente el caso. El Ministerio Público buscaba establecer si existía una persona adulta detrás de las actividades que las adolescentes desarrollaban cuando todavía eran menores de edad y cuál había sido su participación.

Las hermanas, entretanto, entregaron una versión diferente de su propia situación. Negaron haber sido obligadas y posteriormente utilizaron la expresión “nunca fuimos obligadas”, aunque también señalaron que habían sido “incitadas”. Cuestionaron a su abuela, cuestionaron a la Defensoría, reclamaron por el dinero que generaban y rechazaron las decisiones que se estaban adoptando sobre ellas. También expresaron su temor de que, si eran trasladadas a otro hogar, volvieran a perder sus teléfonos celulares.

El conflicto por los dispositivos era significativo porque los teléfonos constituían al mismo tiempo herramientas de comunicación, instrumentos de trabajo y posibles fuentes de evidencia. El 25 de febrero, Gorena confirmó que la Fiscalía había secuestrado dos teléfonos celulares y una computadora portátil y que se había solicitado una pericia informática forense destinada a obtener información que permitiera avanzar en la investigación.

Antes de que esas diligencias pudieran traducirse en un desenlace público conocido, las circunstancias volvieron a cambiar.

El 18 de febrero de 2025, Yesica y Noelia abandonaron el hogar temporal Charkipata. La Defensoría de la Niñez y Adolescencia publicó un aviso solicitando ayuda para localizarlas y entregó una descripción de la ropa que llevaban al momento de salir. Mientras las autoridades intentaban determinar su paradero, las adolescentes continuaron apareciendo en TikTok. Correo del Sur informó posteriormente que una de ellas había publicado imágenes relacionadas con un viaje fuera de Sucre y el Ministerio Público confirmó que ambas continuaban difundiendo contenido en la plataforma.

Después llegó la mayoría de edad.

Las circunstancias jurídicas que habían rodeado la intervención institucional correspondían a un período en que ambas tenían 17 años. Una vez cumplidos los 18, sus actividades posteriores debían analizarse dentro de un marco diferente. Eso no eliminaba la relevancia de los hechos investigados durante su adolescencia ni resolvía por sí mismo el expediente penal, pero sí marcaba una separación clara entre aquella etapa y las decisiones que las hermanas comenzaron a tomar posteriormente como adultas.

Noelia tomó una nueva identidad pública. Comenzó a utilizar el nombre de Ariana Pan y, el 4 de abril de 2025, inició la publicación de contenido de ASMR en YouTube. De acuerdo con los antecedentes actuales aportados para esta investigación, su canal cuenta actualmente con aproximadamente 18.600 suscriptores. Paralelamente, desarrolló un emprendimiento de venta de lencería y continuó utilizando plataformas digitales para comercializar contenido para adultos, incluyendo OnlyFans y un grupo privado de Telegram, según los antecedentes actuales disponibles.

Yesica siguió un camino diferente. Comenzó estudios universitarios de Derecho y, en una entrevista, explicó que uno de sus objetivos es defender a los niños. También continuó desarrollando actividades económicas a través de internet y, según los antecedentes actuales aportados para este reportaje, comercializa contenido para adultos mediante OnlyFans y un grupo privado de Telegram.

Las actividades que ambas realizan actualmente deben distinguirse de los hechos investigados en 2025. Noelia y Yesica son adultas y las actividades de contenido para adultos que desarrollan actualmente no permiten establecer, por sí solas, bajo qué condiciones se desarrollaban las actividades investigadas cuando tenían 17 años. Tampoco permiten confirmar o descartar la hipótesis fiscal sobre la eventual intervención de un tercero.

La relación entre las hermanas tampoco permaneció intacta. Con el tiempo comenzaron a vivir separadas y sus diferencias personales fueron expuestas públicamente. Otros creadores de contenido, especialmente en TikTok, comenzaron a reproducir y comentar sus disputas, lo que volvió a colocar a las gemelas dentro de una dinámica de exposición pública.

El 7 de agosto de 2026, Yesica y Noelia protagonizaron un nuevo enfrentamiento. Las dos realizaron lives en TikTok prácticamente a la misma hora, cada una desde su propia cuenta. Durante las transmisiones formularon acusaciones cruzadas relacionadas con supuestas infidelidades, vínculos con hombres mayores por dinero y sus respectivas relaciones sentimentales. También apareció una acusación dirigida contra Noelia sobre un supuesto novio extranjero al que, según lo planteado durante la disputa, estaría intentando manipular para conseguir que le comprara un departamento.

Esas afirmaciones deben permanecer en el terreno en el que fueron realizadas: el de una disputa pública entre las hermanas. No existen pruebas independientes aportadas para esta investigación que permitan establecer esas acusaciones como hechos comprobados. El reportaje puede documentar que fueron formuladas, pero no presentarlas como verdades simplemente porque hayan sido pronunciadas durante una transmisión en vivo.

El contraste con febrero de 2025 es evidente en los propios hechos. En aquel momento, Yesica y Noelia eran dos menores de edad bajo medidas de protección; la Defensoría intentaba determinar su situación familiar y la Fiscalía investigaba la posible participación de un adulto. En agosto de 2026 eran dos mujeres adultas que vivían separadas, administraban sus propias plataformas y utilizaban sus respectivas audiencias para responder públicamente a sus conflictos personales.

Lo que ocurrió con la investigación penal, sin embargo, sigue siendo una de las partes menos documentadas de la historia. La información pública localizada para este reportaje permite establecer que la Fiscalía abrió una investigación por presunto proxenetismo y pornografía, que señaló la posible participación de un adulto, que se realizaron diligencias investigativas y que fueron secuestrados dos teléfonos celulares y una computadora portátil para una pericia informática.

Pero no permite establecer con suficiente certeza cuál fue el resultado final de esa investigación. No se ha localizado documentación pública posterior que permita afirmar que el adulto señalado fue condenado, que su identidad y responsabilidad fueran establecidas judicialmente o que la pericia informática confirmara la hipótesis inicialmente comunicada por las autoridades. Tampoco existe información suficiente, dentro de las fuentes públicas localizadas para este reportaje, que permita afirmar que esa hipótesis fue definitivamente descartada.

Esa distinción es fundamental. El caso produjo numerosas afirmaciones durante febrero de 2025, pero una afirmación realizada por una autoridad durante una investigación no equivale a una sentencia. Del mismo modo, una acusación realizada posteriormente por una de las hermanas contra la otra tampoco se convierte en un hecho probado por el simple hecho de haber quedado registrada en internet.

Lo que sí puede reconstruirse documentalmente es una secuencia mucho más precisa: un conflicto familiar llevó a una denuncia; la denuncia produjo una intervención de la Defensoría; la evaluación de las adolescentes permitió conocer antecedentes sobre sus actividades digitales; esos antecedentes llegaron al Ministerio Público; la Fiscalía investigó la posible participación de una persona adulta; se anunciaron diligencias y una pericia informática; las adolescentes cuestionaron públicamente la intervención; se negaron a ser trasladadas a un hogar permanente; abandonaron Charkipata el 18 de febrero de 2025; continuaron utilizando TikTok; posteriormente alcanzaron la mayoría de edad y comenzaron a desarrollar sus vidas por separado.

A partir de ahí, la historia dejó de ser únicamente la de un expediente institucional. Noelia construyó una nueva identidad pública como Ariana Pan y desarrolló una actividad vinculada al ASMR. Yesica comenzó estudios de Derecho y declaró que quería defender a los niños. Ambas continuaron utilizando internet como fuente de ingresos. Ambas, ya adultas, continuaron comercializando contenido para adultos. Y ambas terminaron separándose y exponiendo públicamente parte de sus conflictos personales.

El caso de las “novias de alquiler” comenzó, por tanto, mucho antes de que la expresión apareciera en los titulares y continuó mucho después de que dejara de ser noticia. Su origen inmediato estuvo en un conflicto familiar, pero la intervención institucional reveló una segunda dimensión relacionada con las actividades digitales de dos adolescentes que habían construido una audiencia masiva. Esa segunda dimensión llevó a una investigación penal sobre la posible participación de un adulto cuya responsabilidad definitiva no ha podido ser establecida mediante la documentación pública localizada para este reportaje.

La historia posterior tampoco siguió una sola dirección. Una de las hermanas encontró en el ASMR una nueva identidad digital; la otra comenzó a formarse en Derecho con la intención declarada de defender a los niños. Ambas continuaron monetizando su presencia en internet y ambas llegaron a la adultez manteniendo una relación estrecha con las plataformas digitales que habían contribuido a convertirlas en noticia.

Lo que queda, finalmente, no es una única versión de los hechos, sino varias capas que deben mantenerse separadas: lo que denunció la familia, lo que encontraron las instituciones, lo que investigó la Fiscalía, lo que las propias adolescentes dijeron sobre su situación y lo que posteriormente ocurrió con ellas como adultas.

Y precisamente allí termina la parte que este reportaje puede reconstruir con certeza: no con una sentencia que cierre definitivamente todas las preguntas, sino con dos protagonistas que sobrevivieron al episodio que las hizo conocidas, alcanzaron la mayoría de edad y siguieron construyendo sus propias vidas mientras aquella historia continuaba formando parte de su identidad pública.

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